Nuevo Azul y Unión Vecinal Salliqueló perdieron su personería, junto con otras 15 agrupaciones locales y tres partidos provinciales.
El Palacio Legislativo de La Plata, sede de la Suprema Corte bonaerense.
La Junta Electoral de la provincia de Buenos Aires declaró la caducidad de la personería jurídico-política de tres partidos provinciales y 17 agrupaciones municipales. Las resoluciones, publicadas este viernes en el Boletín Oficial, alcanzan a fuerzas de distintos puntos de la provincia, entre ellas dos sellos vecinalistas que llegaron a gobernar municipios.
Se trata de Nuevo Azul, el espacio que llevó a Hernán Bertellys a la intendencia de Azul, y de Unión Vecinal Salliqueló, que consagró a Juan Miguel Nosetti en las elecciones de 2019. Ambos partidos perdieron el reconocimiento electoral por no cumplir con los requisitos de afiliación exigidos por la normativa bonaerense.
La decisión implica la cancelación de sus inscripciones en el registro electoral y les impide competir con esas personerías. El recorte alcanza también a agrupaciones de distritos como San Nicolás, Tigre, Pilar, Escobar, Berisso y Vicente López, además de tres fuerzas de alcance provincial.
El caso de Nuevo Azul tiene como referencia a Hernán Bertellys, quien gobernó el municipio de Azul entre 2015 y 2023. Otro de los dirigentes vinculados con el espacio fue Alejandro Vieyra, exjefe de Gabinete municipal y exconcejal, que utilizó ese sello en las elecciones de 2023, cuando se presentó como candidato a intendente.
En Salliqueló, Unión Vecinal tuvo un recorrido electoral diferente. Juan Miguel Nosetti ganó las elecciones de 2019 y llegó a la intendencia con esa fuerza, en uno de los casos de acceso al poder municipal mediante un partido vecinalista en la provincia.
En 2023, Nosetti volvió a competir con el mismo sello, aunque dentro de Juntos por el Cambio, pero perdió la elección general frente a Ariel Succurro, de Unión por la Patria. Ahora, la agrupación también quedó fuera del registro de partidos con personería vigente.
El fundamento principal de las resoluciones es el incumplimiento del artículo 46, inciso f, del Decreto-Ley 9889/82, que establece la caducidad de la personería cuando una fuerza no mantiene el número mínimo de afiliados requerido.
Según los antecedentes administrativos, las agrupaciones alcanzadas habían sido intimadas a regularizar sus nóminas en marzo de 2026 y recibieron una prórroga en julio. Sin embargo, los plazos vencieron sin que acreditaran el cumplimiento de las exigencias.
La medida no supone necesariamente la desaparición de las organizaciones como personas jurídicas de derecho privado, pero sí la pérdida de su reconocimiento como fuerzas políticas habilitadas para participar en elecciones bajo esos sellos.
En el caso de los partidos provinciales, la Junta Electoral dispuso la caducidad de Construyendo Porvenir, Política Abierta para la Integridad Social (PAIS) y Tiempo de Todos. En este último caso también se aplicó el inciso d del artículo 46.
Fuente: Agencia DIB

